La cifra de muertes en ascensores es de 1.5 promedio por año en Chile. El uso de ellos ha aumentado en el último tiempo. Es más, son más de 44 mil los edificios que cuentan con uno.
Según la Ley 20.296, conocida como “Ley Ascensores”, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas, que se emplacen en edificios privados o públicos, deberán ser instalados y mantenidos conforme a las especificaciones técnicas de sus fabricantes y a las disposiciones que al efecto determine la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Serán responsables de la mantención los propietarios.
Las multas las pagan los propietarios
La División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo establece una escala respecto a las multas. Algunas son clasificadas como leves, otras graves y también están las gravísimas. Todas tienen que ver con la regulación de instalación, mantención y certificación de los ascensores, las que pueden ascender hasta 150 UF. A la sanción en dinero, se puede sumar una condena penal si el caso termina judicializado.
En relación al rol de los propietarios en la mantención de los ascensores, la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo señala que en un condominio, los propietarios de los departamentos o su administrador, según corresponda, son los responsables de acreditar que se ha cumplido con los planes de mantención.
Además, la ley es clara en establecer que las sanciones son a los propietarios de los inmuebles, en el caso de determinarse incumplimientos de las normas que regulen la instalación, mantención y certificación de funcionamiento de los ascensores.
Falla de ascensores: responsabilidades
La responsabilidad por el buen mantenimiento y operación de este y otros de los llamados “transportes verticales” constituye un trabajo compartido, donde resulta fundamental el compromiso de los copropietarios y usuarios.
La ley establece un proceso de certificación para la instalación y mantención de ascensores que garantiza su adecuado funcionamiento, tal como se fiscaliza el uso del gas en los edificios.
A partir de ello, se entrega un certificado que debe estar siempre expuesto en una parte visible del ascensor. De acuerdo con las últimas modificaciones que se están tramitando para la OGUC, la certificación se efectuará teniendo a la vista la totalidad de informes de mantención y resto de antecedentes de la respectiva instalación.
Accidentes por fallas de ascensores
En caso de accidentes, la Ley señala que las denuncias para iniciar el proceso de establecer las responsabilidades, deben ser de conocimiento de los Juzgados de Policía Local, a los cuales deberán recurrir quienes hayan sido afectados o estén en conocimiento de alguna situación en que una persona haya sido afectada por el mal funcionamiento de este tipo de instalaciones.
Por otra parte, si las responsabilidades recayeran sobre la persona o empresa que realizó las labores de instalación, mantención o certificación, ésta podría ser eliminada del registro del Minvu, inhabilitándola para continuar prestando este tipo de servicios.