En Chile aún no está normado el arriendo a través de aplicaciones, que generalmente son de forma temporal, lo que genera tránsito constante de personas ajenas a un condominio de forma constante.
Sin embargo, hay dictámenes que han ido marcando precedentes. Por ejemplo, en 2019 la Corte Suprema falló a favor del edificio Jardines Fray de León, que prohibió a los propietarios de departamentos utilizar Airbnb para arrendarlos. En ese momento se abrió el debate sobre la necesidad de normar este tipo de operación, y sobre si la sentencia marca precedente sólo para esta aplicación o también otro tipos de medios. La Tercera Sala del máximo tribunal se basó en el Artículo 7 del Código de Comercio, y estableció que el uso de dicha app “corresponde a una situación no reglada”, y el funcionamiento del edificio ubicado en la comuna de Las Condes “no se ajusta a la actividad regulada de hospedaje turístico o arriendos estacionales”.
El diputado Gonzalo Winter (Movimiento Autonomista), miembro de la Comisión de Vivienda de la Cámara, dijo en ese momento a Cooperativa que “el contrato de arriendo de propiedades está normado en el Código Civil hace 150 años”, y “el problema es que Airbnb se asimila más al Apart Hotel, que ya está regulado y que tiene otro tipo de exigencias”.
Sin embargo, “como hablamos de una aplicación informal, es necesario normarla, al igual que otros métodos irregulares“, indicó.
“En este caso, el dueño de Airbnb está ganando plata del turismo que producimos los chilenos, pero no está pagando sus impuestos en el país, como sí lo hacen hoteles, hostales o emprendedores del rubro, que también merecen igualdad ante la ley”, dijo el parlamentario.
Por otro lado, Winter considera que “la ley debe actualizarse ante la llegada de estas plataformas y hacerse cargo de la realidad que está ocurriendo en el país. Uno de los objetivos es que no ocurran injusticias, pero, a medida que las tecnologías cambian, los modos de que se cometan injusticias también van cambiando y junto a eso también la cultura”, sentenció.
Respetar reglamentos de los edificios
Natalia Ocampo, académica de la Escuela de Derecho de la Universidad Mayor, expresó a Cooperativa que los propietarios deben acatar las reglas de sus comunidades, pero apuntó también al objetivo de modernizar las normativas y buscar “alternativas de acuerdos para permitir el uso de las aplicaciones bajo ciertas condiciones, como arrendar por una cantidad específica de días y no horas, y evitar tanta rotación, o que exista un horario que no interrumpa en el funcionamiento general de la administración”.
“El problema de los habitantes de que exista este tipo de arriendo es que circule mucha gente, que haya un mal uso de los espacios comunes o que hagan mucho ruido. (En este sentido) más que prohibir a los propietarios el uso de la app, se debería transparentar y dar soluciones, como cobrar más gastos comunes“, finalizó la académica.
Por su lado, el gerente de producto de la aplicación de administradores Edifito, Guillermo Márquez, expresó que los propietarios deben respetar las normativas de copropiedad establecidas en cada edificio para evitar robos o mal uso del espacio común, como puede generar el uso de plataformas que no están reguladas.
En este sentido, señaló a Cooperativa que “el problema reside en que sólo un 30 por ciento de los copropietarios participan de las asambleas donde se toman este tipo de decisiones”.
Por esta razón, hizo un llamado a los habitantes a participar de dichas reuniones en caso de querer modificar o actualizar las normativas.
Desde la comunidad del edificio Jardines Fray de León en Las Condes, los habitantes se refirieron al polémico fallo y expresaron diversas opiniones al respecto, como estar en contra del uso de la app en materias de seguridad, o que Airbnb debería restringir más sus políticas de funcionamiento.
FUENTE: Cooperativa