Son la cara visible de edificios y condominios. Tienen tareas determinadas y otras que no les corresponden y no se trata de voluntad. Ellos son los primeros en resguardar la seguridad de un inmueble donde viven cientos de familias, y quienes deben atender los requerimientos de copropietarios o arrendatarios durante su turno laboral. Los conserjes hoy, más que nunca, deben ser resguardados con todas las medidas de seguridad frente al Coronavirus (Covid-19), y por lo mismo, cabe mencionar cuáles son las funciones de estos. “Ellos deben encargarse de que se cumplan las reglas, de traspasar información a la administración, registrar visitas y llevar el manejo cotidiano de un condominio o edificio”, explica nuestro gerente comercial Gonzalo Cortés.
Funciones de Conserjes
Las funciones de los conserjes son determinadas por el comité de administración, por el administrador o por ambos, pudiendo ser modificadas cuando las circunstancias lo requieran.
En este sentido, de todas las posibles funciones de los conserjes, las más comunes son:
• El resguardo y control de acceso al edificio
• Controlar el buen funcionamiento de los equipos del condominio
• Recibir la correspondencia y paquetes
• Guiar las visitas de las empresas de mantención
• Registrar a los visitantes y anunciar su llegada
• Controlar los estacionamientos de visitas
• Controlar las cámaras de vigilancia
• Aclarar las consultas de los residentes o derivar tales consultas a la administración
• Registrar los acontecimientos relevantes en el libro de novedades (bitácora)
• Contestar el teléfono de la comunidad
• Responder el citófono con las consultas de los residentes
• Recibir cuentas y facturas, entregar estas a la administración.
• Liderar la evacuación y ayudar a los demás en caso de siniestros.
¿Cuáles no son funciones de los conserjes?
Juan Carlos Ortúzar, administrador de edifito.com, dice que “por nuestra parte (los conserjes) tienen prohibido entrar a los departamentos y recibir llaves de residentes. Si en algún momento ocurre un hurto o extravío, se tiende a culpar al conserje, y es lo que hay que evitar”.
De esta forma, cuando un residente le pide a un conserje como favor que le guarde las llaves para un familiar, le vaya a comprar el pan o que le haga el aseo del departamento, el conserje tiene el deber de decir que no.
Profundizando en las atribuciones de los conserjes en materia de seguridad son:
• Está facultado para negar el ingreso a quien no presente su identificación o no conozca el número del departamento.
• Contactarse con cualquier proveedor para confirmar la identidad del técnico que se está presentando. Pudiendo negar el acceso de no confirmar los datos.
• Llamar a Carabineros y/o seguridad ciudadana en caso de ruidos molestos.
Curso obligatorio
Desde el 2006 existe una normativa que obliga a los conserjes a hacer un curso de 32 horas para ejercer como tal, el cual debe ser aprobado por el OS10 de Carabineros, y se renueva cada 3 años. La credencial que demuestra la aprobación de este curso debe estar siempre a la vista, y de no contar con el respaldo de la realización del curso, el edificio se arriesga a fuertes multas. “Es importante, porque este curso entrega a los conserjes herramientas fundamentales en materia de seguridad, uso de radios, manejo de cámaras de seguridad, procedimientos de evacuación e incluso cómo reaccionar frente a un delito”, finaliza nuestro gerente de tecnología, Guillermo Márquez.